Resumen: El Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica Española constituye todo un hito de extraordinarias consecuencias jurídicas, tecnológicas y organizativas para las Administraciones públicas, que se sitúan en la vanguardia internacional de los países que incorporan las tecnologías a su actividad administrativa en condiciones de seguridad.
Mediante el ENS se establecen las condiciones de seguridad necesarias en el uso de los medios electrónicos previstos en la Ley 11/2007, de 27 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Y, con ello, se crea la confianza necesaria que requiere la implantación efectiva de la Administración Electrónica, mediante la seguridad de los sistemas, los datos, las comunicaciones y los servicios electrónicos, de forma que permite a los ciudadanos y a las Administraciones, ejercer sus derechos y cumplir con sus deberes a través de los mismos.
La Ley 11/2007, de 27 de junio, vino a incorporar la seguridad de forma obligatoria a las Administraciones públicas y sus procedimientos, con las exigencias técnicas derivadas del Esquema Nacional de Seguridad, que acaba de publicarse y las consecuencias jurídicas derivadas del ordenamiento administrativo.
Como dato curioso, aunque también significativo, el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, tiene el honor de ser la primera norma que se publica incorporando colores en su sólido Anexo II, lo que también constituye un hito en la historia legislativa española y de las organizaciones que la hicieron posible mediante la publicación de las normas. Y, todo ello, gracias a la Administración Electrónica.
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